La Ley 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, es bajo la cual se rige la oficina de adquisiciones, dicha oficina elabora el Programa Anual de Contrataciones (PAC) y los Pliego de Bases y Condiciones (PBC). La Dirección General de Contrataciones del Estado es la que rige los procesos que se ejecutan. El Sistema de Contrataciones Administrativas Electrónicas (SISCAE) es el portal a traves del cual se debe realizar los procesos de adquisiciones.
El Portal Único de Contratación es el: www.nicaraguacompra.gob.ni
La modalidad por la cual se selecciona a aquellos Proveedores con los que las Entidades del Sector Público deberán contratar los bienes y servicios estandarizados y de uso común que requieran se le denomina Acuerdo Marco.
El Precio de Mercado es el precio al que un bien o servicio puede adquirirse en un mercado concreto y se establece mediante la ley de la oferta y la demanda conforme a las caracterÃsticas del mercado en cuestión. El precio dependerá, en primer lugar, de la cantidad de bienes que existen a la venta en ese mercado y, en segundo lugar, de la cantidad de oferentes y demandantes de ese bien.
El Precio Oficial: Es el precio que determine el Banco Central de Nicaragua.
Una Función Administrativa es toda función que se ejerce con potestades administrativas o que se vinculan a la contratación de personal, contratación administrativa y gestión patrimonial a bienes, obras o servicios necesarios para la institución.
INSTITUTO NICARAGUENSE DE DEPORTES (I.N.D.)
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