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Instituto Nicaragüense de Deportes

Deporte Federado

Organización, autonomía y funcionamiento de las federaciones y asociaciones deportivas nacionales.

Las federaciones deportivas nacionales, de educación física y de recreación física y sus asociaciones miembros son Organismos Sin Fines de Lucro, las que actuarán de conformidad a esta Ley y su Reglamento, a sus escrituras constitutivas y estatutos y a las políticas emitidas en materia deportiva por el Consejo Nacional del Deporte, la Educación Física y la Recreación Física.

La Asamblea General de miembros constituye la máxima autoridad en cada una de ellas y gozan de autonomía funcional y administrativa. Su personalidad jurídica deberá ser tramitada de acuerdo a la ley de la materia, entendiéndose por espacio de desarrollo de sus actividades el ámbito del territorio nacional. Estas deberán tramitar su reconocimiento por su símil internacional, si existiere.

Las federaciones y asociaciones podrán ser deportivas, de educación física y recreación física. Las deportivas se constituyen con miras a la alta competición. Las recreativas tienen como objeto estimular el deporte para todos, con el fin de propender a mejorar la calidad de vida y la salud de la población, así como fomentar la convivencia familiar y social.

Asociaciones de Educación Física

Las asociaciones de educación física son creadas para el fomento, promoción y desarrollo de la educación física.

Relaciones de las Federaciones Deportivas

Las federaciones deportivas podrán establecer sus relaciones con cualquier organización que a su criterio sea de interés mutuo, siempre que estas relaciones se correspondan con los fines y objetivos para los cuales se creó dicha federación.

Afiliación a Federaciones y Confederaciones

Las asociaciones constituidas como Organismos Sin Fines de Lucro (OSFL), dedicadas al deporte y a la recreación física, pueden constituir o afiliarse libremente a federaciones o confederaciones deportivas nacionales o internacionales.

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