Deporte Olímpico
Información sobre la organización, representación y reconocimiento del Movimiento Olímpico en Nicaragua.
Reconocimiento del Comité Olímpico
El Estado nicaragüense reconoce al Comité Olímpico Nicaragüense (CON) como la máxima autoridad en todos los asuntos y aspectos que competen al Movimiento Olímpico en Nicaragua, siendo una entidad completamente autónoma e independiente, alejada de toda influencia política o religiosa, constituida como un Organismo Sin Fines de Lucro (OSFL), de duración indefinida, con su propia personalidad jurídica, que se rige por las leyes de Nicaragua, sus propios Estatutos y Reglamentos, en correspondencia con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional.
Utilización de los Símbolos Olímpicos
El CON es el único organismo autorizado para la utilización exclusiva de los símbolos olímpicos (banderas, anillos, lema, llama, himno y logotipo afines), así como de las denominaciones Juegos Olímpicos, Olimpiadas y Comité Olímpico.
Ninguna persona pública o privada puede utilizar dichos símbolos, emblemas o denominaciones sin la autorización expresa del Comité Olímpico Nicaragüense.
Representación del Comité Olímpico ante el Comité Olímpico Internacional
El CON representa exclusivamente a Nicaragua ante el Comité Olímpico Internacional y sus organizaciones afiliadas, así como ante los Comités Organizadores de las competencias olímpicas en todos sus niveles.